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PRESCRIPCIÓN ENFERMERA
Comunicado
Cádiz, 13 de febrero de 2008.- Ante la nota de prensa difundida ayer por
el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos en la que se
advierte sobre los “supuestos” riesgos a los que se someten los usuarios
con la prescripción realizada por profesionales sanitarios, este Colegio
provincial de Enfermería desea aclarar lo siguiente:
1º
Efectivamente, y tal como indica en la nota remitida por el Consejo de
Médicos, el Ministerio de Sanidad y Consumo ha anunciado, a través de su
titular, Bernat Soria, que
antes de que
finalice la presente legislatura estará lista la orden que conferirá
seguridad jurídica a las actuaciones que contemplan prescripción
farmacológica por los enfermeros.
2º Ante el riesgo
de poder crear una falsa alarma entre los usuarios con afirmaciones del
tipo “esta prescripción puede acarrear a los ciudadanos dos tipos de
riesgos con evidentes consecuencias para su salud: confundir el
diagnóstico, catalogando como leve unos síntomas que pueden corresponder
a una enfermedad grave, y cometer errores en la prescripción, bien sea
porque no se indique lo ajustado a la enfermedad que corresponda o
porque existan efectos adversos o interacciones con otros medicamentos
que esté tomando el paciente”. El presidente de los enfermeros
gaditanos, Rafael Campos, quiere indicar lo siguiente:
“Esta regulación
jurídica sólo va a suponer dar legalidad a las actividades que desde
años atrás vienen realizando los enfermeros y que con la actual Ley del
Medicamento han pasado a estar en una situación de ilegalidad. Por
tanto, más de 5.000 enfermeros gaditanos se están viendo obligados a
prescribir medicamentos en contra de la Ley. En concreto, he de recordar
que según refleja un informe realizado por la Organización Colegial de
Enfermería, se han detectado 170 intervenciones diarias en las que los
enfermeros prescribimos más de 200 fármacos”. Entre estas intervenciones
podemos destacar las que se producen en las salas de curas de los
centros de salud “por las que pasan más de 100 pacientes a diario y en
las que los enfermeros prescriben tratamientos ante quemaduras, heridas,
suturas,... por tanto “¿qué ocurriría si el enfermero, en cumplimiento
de la Ley sutura una herida sin aplicar anestésico ya que este es un
medicamento?”.
Por todo ello,
podemos afirmar que los enfermeros están cometiendo un delito de
intrusismo profesional cada vez que curan una herida o una úlcera
(decidiendo que apósitos, pomadas o cremas utilizar sin una indicación
médica), cuando dan un analgésico a un paciente encamado, cuando ponen
la vacuna de la gripe sin indicación médica específica, etc.
3º Cabe también recordar a la Organización Colegial Médica
que respecto a la formación universitaria recibida, los enfermeros
poseen el mismo número de créditos que los médicos: 14. Mientras los
otros profesionales sanitarios a los que la Ley autoriza, los
odontólogos, tan sólo poseen 7. Además, deben de saber que un enfermero
posee tres años de formación y entre otros dos y tres de especialidad,
en los que tratan con materias como de fisiología, quirúrgica,
psiquiatría, geriatría, ética, etc”.
4º Por otro lado, en la Orden se establece que para que un
medicamento pueda ser “usado o autorizado” por un enfermero ésta
establece como requisito imprescindible que exista (1) un consenso con
los médicos, (2) un protocolo de actuación determinado que (3)
necesariamente debe ser autorizado por las autoridades competentes.
Cuando la
patología o el problema de salud del ciudadano que llegue al enfermero
no este incluido en las situaciones consensuadas y protocolizadas con
los médicos, no va a “usar o autorizar” medicamento alguno, sino que lo
derivará a la consulta del médico. Exactamente igual que está ocurriendo
ahora.
Para ello se aprobará una lista de 21 medicamentos y 25
productos sanitarios que han sido seleccionados por el Ministerio entre
los que se encuentran analgésicos, antiácidos, laxantes,
antiinflamatorios o productos para dejar de fumar.
5º Finalmente, Rafael Campos insiste en que “no ha sido
nunca nuestro propósito generar conflictos y menos aún si estos pueden
perjudicar a los que para nosotros son el verdadero objetivo y centro
del sistema: el paciente; pero tampoco podemos permitir una situación
que suponga un alto riesgo para nuestros profesionales”.
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