Póliza de Responsabilidad Civil Profesional

  Que hacer en el caso de un siniestro o citación judicial

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Póliza de Responsabilidad Civil de la Organización Colegial:

El Colegio te protege con:
1.803.000 (*) euros
(*) por siniestro, y hasta un tope máximo de 12.020.242 euros
(unos 2.100 millones de pesetas)

Ampliación de las coberturas., respecto a la póliza anterior:

* Inclusión de terapias alternativas., piercings, material sanitario y contagio accidental del SIDA y Hepatitis.

* Manteniendo el importe de la prima, la cobertura por siniestro se incrementa hasta 1.803.000 euros y una cobertura global de 12.600.000 euros.

* Cobertura por inhabilitación profesional como consecuencia de sentencia judicial firme, con abono por parte de la aseguradora de una cantidad máxima de 1.200 euros, por un plazo máximo de 15 meses.

* Posibilidad de contrademanda o reclamación a contrario frente a denuncias infundadas, temerarias o con mala fe.

 

   
Normas de procedimiento a seguir ante reclamaciones:
Actuación que deberá tener el colegiado:


Primero.- El colegiado deberá comunicar inmediatamente a su Colegio provincial la reclamación de que haya sido objeto, bien judicial (demanda, querella o denuncia) o extrajudicial. La comunicación extemporánea de dicha reclamación por el colegiado podrá suponer la no cobertura del siniestro por la Póliza.

Segundo.- El Colegiado cumplimentará en su Colegio provincial el formulario de comunicación de Siniestro de Responsabilidad Civil Profesional o Penal establecido al efecto, para que éste sea remitido al Consejo General. Será necesario cumplimentar todos los datos solicitados. En cualquier caso, son datos imprescindibles del colegiado afectado el nombre y apellidos, la dirección y teléfono de contacto.

Tercero.- Si el colegiado no pudiera contactar con su Colegio comunicará el hecho directamente a la Asesoría Jurídca del Consejo General, un letrado le informará seguidamente de la forma a actuar y cobertura del seguro. De no hacerlo asi, el Consejo no asumirá ninguna responsabilidad, y el perjudicado será sola y exclusivamente el colegiado.

Cuarto.- Independientemente de las actuaciones antes señaladas, el colegiado no deberá declarar nunca sin abogado, ni firmar ningún documento.

Quinto.- De acuerdo con lo establecido en la póliza, para la efectividad de la cobertura prevista será imprescindible acreditar que el profesional afectado se encuentra colegiado en su correspondiente Colegio profesional y al corriente en el pago de sus cuotas.

 

El Colegio Oficial de Enfermería de la provincia de A Coruña, tiene concertada a través del Consejo General de Colegios de Diplomados de Enfermería de España, una póliza de seguro de responsabilidad civil con la entidad aseguradora Zurich Internacional, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A., a fin de cubrir el siguiente riesgo:

La responsabilidad Civil Profesional de los colegiados del Consejo General de Diplomados de Enfermería, en el desarrollo propio de la actividad profesional o especialidad sanitaria que motiva su adscripción a cualquier Colegio de Diplomados en Enfermería en España, con excepción de los colegiados en los Colegios de Barcelona, Tarragona, Alicante, Valencia, Gerona y Lérida.

El ámbito geográfico de aplicación de esta póliza se extiende al territorio nacional   así como al propio de la Unión Europea  siempre y cuando el ejercicio profesional lo sea con carácter ocasional.

La garantía máxima por siniestro alcanza la suma de doscientos millones de pesetas, hasta un máximo de 2.000 millones

A la vista de ello, cualquier colegiado que se crea en situación de necesitar hacer uso de dicha póliza, ante la presentación de cualquier demanda o denuncia formulada contra el mismo como consecuencia de posibles daños ocasionados a los pacientes, deberá ponerse en contacto lo antes posible con la asesoría jurídica del colegio.

RESPONSABILIDAD CIVIL
Certificado de Seguro

ZURICH ESPAÑA Contrato número 00000000145243
Cia. de Seguros y Reaseguros S.A.
O.E. MADRID Agencia: 0000037938
MADRID-SERVAN
Paseo DE LA CASTELLANA, 216, 6°
28046 Madrid
Tel. (91) 344.75.00

Condiciones Particulares del seguro de responsabilidad civil profesional:

DURACION DEL SEGURO: TRES AÑOS

EFECTO: A las 00 horas del 31-12-2000

VENCIMIENTO: A las 24 horas del 30-12-2003

El seguro se renovará anualmente a partir del dia y hora establecidos en VENCIMIENTO.

TOMADOR:
CONSEJO GENERAL DIPLOMADOS ENFERMERIA CALLE FUENTE DEL REY, 2 28023 MADRID

ASEGURADO: -VER HOJAS ANEXAS- NIF: Q 2866021 F

DOMICILIO DE PAGO

FORMA DE PAGO: MENSUAL

DESCRIPCION DEL RIESGO
Responsabilidad Civil Profesional de los colegiados del Consejo General de Diplomados de Enfermeria, en el desarrollo propio de la actividad profesional o especialidad sanitaria que motiva su adscripción a cualquier Colegio de Diplomados en Enfermeria de España, con excepción de los colegiados en los Colegios de Alicante, Barcelona, Burgos, Castellón, Gerona, Lérida, Pontevedra, Tarragona, Teruel y Valencia. También queda incluida la actividad de carácter docente y colaboraciones en publicaciones y otros actos divulgativos

AMBITO GEOGRAFICO:
VER HOJAS ANEXAS

GARANTIAS MÁXIMAS

  • R.C PROFESIONAL: Ptas. 200.000.000,- por siniestro, con limite máximo de Ptas. 2.000.000.000,por año de seguro
  • R.C. PATRONAL: EXCLUIDA

CLAUSULAS ESPECIALES: VER HOJAS ANEXAS

ESTA POLIZA RENUEVA A LA NUMERO 9812.49639-7

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Procedimiento a seguir en caso de citación judicial

Cuando se produzca cualquier incidente que pueda implicar Responsabilidad Civil, el Colegio o, en su caso el colegiado deber seguir los siguientes pasos: